DIDE
Protocolo Único para la Prevención, Detección y Actuación en Casos de Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes

Violencia sexual

El artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño, define a la violencia contra niñas, niños y adolescentes como toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual. En ese sentido, el abuso sexual es, desde luego, una forma de violencia contra la niñez y adolescencia. Debido a su magnitud y frecuencia, la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera a la violencia contra NNA como un problema de salud pública.

 

En general, las conductas descritas en este documento se engloban en el concepto de “abuso sexual” utilizado internacionalmente; sin embargo, en México y específicamente en la normatividad local, estas conductas se encuentran señaladas por el Código Penal vigente en el Estado de Chihuahua como tipos penales, que protegen la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual de niñas, niños y adolescentes o personas incapaces tales como: violación, abuso sexual, hostigamiento sexual, estupro, incesto, sexting y pornografía, entre otros.